LA HISTORIA DE CARMELA
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Mi nombre es Carmela y tengo 56 años, soy defensora de los derechos de las mujeres y dirijo una organización de la sociedad civil que acompaña psicológica y legalmente a mujeres que son víctimas de delitos, y también a las víctimas indirectas.
MOMENTO 1: COMISIÓN DEL DELITO
LA HISTORIA DE CARMELA
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Denuncié públicamente las agresiones sexuales por parte de un funcionario público de este estado contra varias trabajadoras, más bien, amplifiqué la denuncia que ellas mismas hicieron.
MOMENTO 1: COMISIÓN DEL DELITO
LA HISTORIA DE CARMELA
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Un par de meses después me llegó un citatorio; el funcionario me denunció por daños al honor. Cuando llegué a casa un día por la noche, una vecina me lo entregó. El citatorio decía que tenía que presentarme al día siguiente. La verdad sí me sorprendió y tuve que cancelar varios compromisos de último minuto para poder asistir.
MOMENTO 1: COMISIÓN DEL DELITO
LA HISTORIA DE CARMELA
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Afortunadamente me acompañó una defensora que es abogada, y otra defensora que es mi amiga. Antes de entrar a la audiencia, la que estaba de MP me intentó presionar de forma muy agresiva para que aceptara los cargos, pero pues yo la verdad me rehusé porque cuál daño al honor si este cuate es un agresor sexual y decirlo no es un delito.
Momento 2. Llegada al MP
¿POR QUÉ A MÍ?
4A
Después del reconocimiento voluntario de los hechos, el motivo más común por el cual las mujeres se declaran culpables es por presión o amenazas (29%), mientras que para los hombres, el motivo más frecuente es por agresiones físicas (20.2%).
EXPLICACIÓN CON DATOS
¿POR QUÉ A MÍ?
4B
EXPLICACIÓN CON DATOS
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Entonces oí a la MP que le dijo a otro de sus compañeros que como yo no iba a aceptar, entonces me iban a vincular. A mi amiga le preocupó porque en este estado el delito de daños al honor sí es penal, o sea, sí me podían meter a la cárcel por esto.
Momento 2. Llegada al MP
LA HISTORIA DE CARMELA
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Yo pedí que me dejaran ver la carpeta, porque es mi derecho , y ese también fue un problema, porque como me negué a aceptar los cargos se pusieron en plan de poner trabas. Al final, ese día salí de ahí sin poder ver la carpeta.
Momento 2. Llegada al MP
PISTAS
6A
De acuerdo al artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la persona imputada y su defensor podrán tener acceso a los registros de investigación cuando la persona imputada se encuentre detenida, sea citada para comparecer como imputada o se pretenda recibir su entrevista.
PISTAS
6B
A partir de este momento ya no podrán mantenerse en reserva los registros para el imputado o su Defensor a fin de no afectar su derecho de defensa.
LA HISTORIA DE CARMELA
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Cuando me presentaron ante el juez de control yo estaba muy enojada. Lo peor de todo es que me di cuenta que la cuata que se ofreció a ser mi abogada, no sabía nada de penal porque incluso el juez de control la corregía sobre cuándo podía o no intervenir. Aun así, el juez aceptó que ella fuera mi abogada, a pesar de que se dio cuenta que no tenía los conocimientos para defender a una persona imputada.
Momento 3. Primera instancia
¿POR QUÉ A MÍ?
7A
El porcentaje de mujeres para las que está presente un abogado en su primer encuentro con un juez de control es ligeramente mayor que el de los hombres. En este sentido, se puede decir que las mujeres reciben un poco más de acompañamiento legal que los hombres en la etapa inicial de un procedimiento.
EXPLICACIÓN CON DATOS
¿POR QUÉ A MÍ?
7B
EXPLICACIÓN CON DATOS
PISTAS
7C
Toda persona tiene derecho a una defensa. La Constitución garantiza este derecho en el artículo 20, sobre procesos penales, en su apartado B, de los derechos de toda persona imputada: “Tendrá derecho a una defensa adecuada por abogado, al cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención.
PISTAS
7D
Si no quiere o no puede nombrar un abogado, después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le designará un defensor público. También tendrá derecho a que su defensor comparezca en todos los actos del proceso y éste tendrá obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera”.
LA HISTORIA DE CARMELA
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Total que, afortunadamente, mi otra amiga que me acompañó -que entonces estudiaba una maestría en derechos humanos- le llamó a uno de sus profesores, quien presentó un alegato argumentando que el daño al honor se contrapone a la libertad de expresión. Gracias a ese alegato en la primera instancia no me vincularon a proceso.
Momento 3. Primera instancia
LA HISTORIA DE CARMELA
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Así que imagínate todo lo que tuvo que mover para que pasara ese amparo. Y pues claro, él quería reelegirse para seguir siendo una autoridad pública importante, lo cual se le podía complicar al tener denuncias por delitos sexuales.
Momento 3. Primera instancia
LA HISTORIA DE CARMELA
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En la segunda instancia yo no podía entrar, ni participar, y la verdad ni entendía nada porque son argumentaciones muy de la juris. Digamos que no se comprende si no eres abogada, y sobre todo, abogada penalista, porque eso, a la mala aprendí que no todas las abogadas saben defenderte.
Momento 4. Segunda instancia
PISTAS
10A
Es la resolución por la que un Juez de Control determina si se abre un proceso penal contra la persona que ha sido acusada de un delito, es decir, si se le sigue investigando para llevarla a juicio. En ese momento el juez de control también decide si la persona puede enfrentar ese proceso en libertad o no, ya sea, por la gravedad del delito o el riesgo de fuga.
LA HISTORIA DE CARMELA
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En la segunda instancia el magistrado confirmó lo que dijo el primer juez de control en los tribunales: que no me vincularan a proceso porque la carpeta estaba toda mal armada, y por la importancia del derecho a la libertad de expresión.
Momento 4. Segunda instancia
LA HISTORIA DE CARMELA
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Obtuve una sentencia absolutoria, lo cual me devolvió la tranquilidad, porque la verdad es que sí me sentí en riesgo de ir a la cárcel justamente por todo el poder y el dinero que ese méndigo le habrá metido a querer callarme.
Momento 4. Segunda instancia
¿Te sonó familiar?
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Mi nombre es Carmela y tengo 56 años, soy defensora de los derechos de las mujeres y dirijo una organización de la sociedad civil que acompaña psicológica y legalmente a mujeres que son víctimas de delitos, y también a las víctimas indirectas.
Momento 1: Comisión del delito